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Procedimiento aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Nacional del 9 de junio 2007

 

1. El FEDATEO de documentos es un procedimiento realizado exclusivamente por el Consejo Directivo Nacional mediante el cual la Secretaria Nacional del Colegio de Biólogos del Perú, suscribiendo en virtud de las atribuciones conferidas por el Art. 17o del Reglamento General,  otorga fe de:

  • Caso 1.- Que un documento original, o copia del mismo, tiene su origen en información o inscripciones debidamente registradas en los archivos del Consejo Nacional.
  • Caso 2.- Que un documento ha sido emitido legítimamente por el Consejo Directivo Nacional o por uno de los Consejos Regionales del Colegio de Biólogos del Perú.

2. Los documentos que el Consejo Directivo Nacional puede fedatear son por ejemplo:

  • Original o copia de Diploma de Colegiatura (Caso 1).
  • Resoluciones u Oficios de Consejo Nacional (Caso 1)
  • Recibos de Pago (Caso 2).

  • Resoluciones de los Consejos Regionales (Caso 2).

3. Pago de S/. 30.00 (treinta soles) -por cada documento- en la cuenta de ahorros Soles del Banco Continental (a nombre del Colegio de Biólogos del Perú, Consejo Nacional) No 0011-0160-91-0200102100 .

3. El colegiado podrá tramitar el FEDATEO de documentos directamente ante el Consejo Directivo Nacional o a través de su respectivo Consejo Regional, para lo que el colegiado deberá reembolsar el costo del envío al Consejo Regional.

Dirección del Consejo Directivo Nacional:

 

Colegio de Biólogos del Perú

Av. Brasil 2694, Of. 501

Pueblo Libre

Lima 21

Tel 01-462-1344

 

 
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