Procedimiento aprobado en
Sesión Ordinaria de Consejo
Nacional del 9 de junio 2007
La inscripción es única, se realiza ante el Consejo Directivo Nacional
a través de los Consejos Regionales (basado
en los Art. 56° y 57° del Reglamento General del CBP).
Para inscribirse en el Colegio se requiere:
1. Solicitud dirigida al Decano Nacional del Colegio de Biólogos del Perú por duplicado,
presentada en el Consejo Regional respectivo.
2. Llenar y firmar la Ficha de Inscripción por duplicado.
3. Declaración Jurada simple de no estar impedido o inhabilitado por sentencia judicial.
Los formatos de estos tres documentos pueden ser
recabados en la Sede Regional o descargarse directamente
haciendo
click aquí
4. Presentar el original del Título profesional de
Biólogo, o su equivalente de Licenciatura en Biología, otorgado o
revalidado por la Universidad Peruana conforme a los dispositivos
legales vigentes. El título original será
devuelto al interesado en ese mismo acto, luego de verificarse que
las fotostáticas (ver punto 5) son copia fiel del mismo.
5. Dos fotostáticas del título profesional en formato A4. Las fotostáticas deben
estar autenticadas por el
Secretario General de la universidad.
6. Cuatro fotografías de frente tamaño pasaporte a
color, y, de preferencia, una versión electrónica en formato JPG (para
elaborar el carnet).
7. Presentar por duplicado una copia impresa, o en versión
electrónica (DVD, CD o diskette), de la tesis, monografía o informe con que se sustentó
y optó el título profesional.
8. Los graduados por la vía especial de Titulación Extraordinaria,
deberán presentar dos copias legalizadas del certificado de notas y de la Resolución Rectoral del
título profesional.
9. Pago por S/. 495.00
(cuatrocientos noventaicinco soles). De acuerdo al Art.
113a del Reglamento General del Colegio de Biólogos, el 60% es
renta del Consejo Nacional y el 40% del Consejo Regional.
Por tanto, el pago deberá hacerse desglosado de la siguiente
manera:
a) Pago al Consejo
Nacional.- Este monto corresponde a S/. 297.00
y deberá hacerse mediante depósito bancario directo
en la cuenta de ahorros Soles del Banco
Continental (a nombre del Colegio de Biólogos del Perú,
Consejo Nacional) No 0011-0160-91-0200102100 .
Al momento de hacer el abono, es recomendable indicar al banco el
nombre del postulante como "referencia". El voucher de depósito deberá ser entregado al Consejo Regional respectivo
en el momento de la inscripción.
b) Pago al Consejo Regional.- Este monto
corresponde a S/. 198.00
y deberá hacerse en el Consejo Regional
respectivo, según las pautas propias de cada Consejo (en efectivo
o vía banco). Hay algunos Consejos Regionales
que autónomamente han decidido cobrar un monto adicional por
"Derecho de Ceremonia" u otro concepto especial; estos pagos
extraordinarios son regulados por cada Consejo Regional y deben
hacerse en el Consejo Regional respectivo, toda vez que son
de su entera responsabilidad.
10.
El expediente deberá ser enviado al Consejo Directivo Nacional
(Av. Brasil 2694, Of. 501, Pueblo Libre, Lima 21, Tel.
01-462-1344) por el Consejo Regional respectivo, y deberá incluir
el voucher de
depósito bancario por S/. 297.00 (el 60% de S/. 495.00) por
cada postulante, efectuado en la cuenta bancaria del Consejo
Nacional mencionada.
11. Luego de su revisión por la Comisión Permanente
de Registros y Títulos, y la expedición de un Informe
Favorable, el Consejo Directivo Nacional realizará la inscripción
del nuevo colegiado y efectuará el registro correspondiente en el
Libro de Inscripciones del Colegio de Biólogos del Perú.
12. El expediente aprobado será devuelto
al Consejo Regional -rubricado por el Decano Nacional y la
Secretaria Nacional- acompañado de los siguientes distintivos
oficiales:
- Diploma de Colegiación con un número de colegiatura.
- Carnet de colegiado.
- Medalla de colegiado.
- Sello personal de colegiado.
- Solapero de colegiado.
- CD con las Normas Legales del Colegio de Biólogos del Perú.
13. Ceremonia.- De acuerdo al Art. 57e del
Reglamento, el Consejo Regional programará la ceremonia de
Juramentación e Incorporación de colegiados, ocasión en que se
entregará los Distintivos Oficiales de la Orden.
14. Nota.- Los Consejos Regionales podrán
opcionalmente estampar un sello al reverso del Título
Profesional original, anotando el Número de Colegiatura CBP y el
libro y folio de su registro. Este sello deberá ser aplicado
luego de haber recibido de parte del Consejo Directivo
Nacional el expediente original debidamente aprobado acompañado de lo
indicado en el punto 12.
15. Apelación.- En caso de resultado desfavorable
de un intento de trámite de Colegiación ante un Consejo Regional,
de acuerdo al Art. 57b del Reglamento, el solicitante tendrá
derecho a apelar ante el Consejo Nacional, debiendo el Consejo
Regional dar trámite inmediato a dicha apelación.